Nueva Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física.
Publicada en Gaceta Oficial N° 39.741, de fecha martes 23 de agosto de 2011. De acuerdo con lo establecido en el Artículo 68 de la Ley, se crea el Fondo Nacional para el Desarrollo del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física, el cual estará constituido por los aportes realizados por empresas u otras organizaciones públicas y privadas, que realicen actividades económicas en el país con fines de lucro, entre otros. El aporte a cargo de las empresas u otras organizaciones indicadas en el mencionado Artículo, será del uno por ciento (1%) sobre la utilidad neta o ganancia contable anual, cuando ésta supere las veinte mil Unidades Tributarias (20.000 U.T.), y se realizará de acuerdo con los parámetros que defina el Reglamento de la presente Ley o en normas emanadas del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de deportes. Adicionalmente, el mismo Articulo indica de manera textual lo siguiente: "Este aporte no constituirá un desgravamen al Impuesto sobr...